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Este blog tiene la función única de informar y poner al alcance de un simple clic la mayor cantidad posible de artículos sobre la Seguridad Privada. Así, se ofrece desde la historia de los primeros profesionales de la Seguridad Privada que marcaron una época hasta nuestros tiempos. No faltarán artículos sobre la formación y todo lo que rodea a esta profesión, así como datos técnicos y sindicales. Se tocarán legislación, reglamento y otros temas relacionados y cuanta información pueda necesitar el Agente de Seguridad Privada.

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Un saludo.


El autor.

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lunes, 16 de febrero de 2009


TRAMITES E IMPRESOS RENOVACIÓN TIP



A la Unidad de Seguridad Privada le es materialmente imposible avisar a los interesados, entendiendo que son éstos los que deben estar pendientes de su documentación para cumplir con los trámites y formalidades establecidos en la Orden 7 de julio de 1995,por la que se da cumplimiento a diversos aspectos del Reglamento de Seguridad Privada en el capítulo II apartado XIII sobre el personal de dicha Orden, donde dice:


“La Tarjeta de identidad profesional ha de ser firmada por su titular, en presencia del funcionario que se la entregue, y tendrá un período de validez de diez años, a contar desde la fecha de su expedición, sin perjuicio de la necesidad de obtención de duplicados cuando se hubiese perdido sustraído o deteriorado de modo que sea difícil la identificación” Siendo conscientes de la dificultad de horarios de los vigilantes de seguridad, el Departamento de Seguridad Privada de la Policía Nacional establece un plazo de renovación de tres meses desde la fecha de caducidad, tiempo suficientemente extenso para realizar los trámites de renovación.


Estos son los modelos de la Instancia de Renovación en la cual consta la documentación necesaria para solicitar la renovación de la T.I.P y el de la Declaración Jurada, que se presentará en las Unidades Territoriales de Seguridad Privada de la ciudad en la que trabaje el solicitante.


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